Aclaración 1/2020 sobre la ayuda de Cosecha en Verde 2019/2020 Junta Castilla y León

Aclaraciones que provienen de la Dirección General de Producción Agropecuaria, de la Consejería de Agricultura, Junta CyL. 

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Buenos días:

Una vez publicada la Orden autonómica de convocatoria de la ayuda para la cosecha en verde nos habéis planteado una serie de dudas que a su vez hemos trasladado a la Autoridad Central y que nos han respondido lo siguiente.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

  • EN RELACIÓN A LA POSIBILIDAD DE RENUNCIA DE LOS VITICULTORES UNA VEZ APROBADA LA AYUDA.

Debido a que es un proceso de concurrencia competitiva a nivel nacional no se puede renunciar pasado el fin de presentación de las solicitudes (23 de junio).

Pasada esta fecha cualquier renuncia conllevará una sanción administrativa conforme a la Ley 24/2003 de 10 de julio, de la viña y el vino.

  • SOBRE LA CONSIDERACIÓN DE PARCELA COMPLETA ADMISIBLE.

La parcela completa se considera a nivel de referencia de parcela, declarando todos los recintos que tenga de viñedo en el registro vitícola para esa parcela. Por ejemplo, si una parcela tiene 4 recintos de viñedo, tiene que declarar los 4 recintos de viñedo y todos los recintos tienen que cumplir el requisito de la fecha de plantación anterior a 1 de agosto de 2016 y estar registrados a nombre del mismo titular que solicita la ayuda.

Por lo tanto, si una parcela vitícola está registrada en el registro vitícola a nombre de dos o más titulares, la parcela no será elegible aunque cada uno solicite su parte, por incumplir el requisito de parcela completa por viticultor.

  • REDUCCIONES DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA.

Como es posible que exista un exceso de peticiones, es previsible que haya que aplicar el coeficiente de reducción que marque el FEGA para todas las Comunidades Autónomas por igual. Tras ese ajuste de presupuesto a superficies, se aprobarán parcelas completas siguiendo las priorizaciones del Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, resultando seleccionadas parcelas enteras sin reducir el importe de la ayuda.

De tal manera que si un expediente de 4 parcelas admisibles, se le aprobara solamente 1 parcela, el compromiso de realizar la cosecha en verde sería solo para esa parcela aprobada y no para las restantes.